Modificación de Obras

16 March 2020

Las recientes noticias sobre la paralización del Puente del Chacao, proyecto chileno que actualmente está experimentando una ‘crisis’ debido al alza en su presupuesto, son las que dan origen a la presente columna de opinión.

CHACAO

El Puente del Chacao, en Chile, ha visto conflictos entre la empresa constructora y el Ministerio de Obras Públicas.

Cada vez más y con mayor frecuencia, a la opinión pública le llama poderosamente la atención el fenómeno consistente en que casi todo lo que construye la Administración Pública experimenta un incremento de precio insospechado durante la construcción de las obras.

Las reiteradas denuncias en los medios de comunicación, así como el tenaz papel asumido por el sistema judicial respecto de algunos comportamientos corruptos que generan una natural alarma en esta época de tribulaciones económicas, han contribuido a sensibilizar de manera decisiva en el tema a la sociedad.

Desgraciadamente esta alza en los valores de las obras no es un hecho aislado y se ha convertido en un fenómeno general como consecuencia de una ascendente crisis de valores, donde personas que desempeñan funciones públicas o privadas, violan sus propios deberes, bien por amistad o por dinero, obteniendo ventajas ilícitas para sí mismos o bien para terceros, ocasionando con su comportamiento, un grave deterioro tanto a la colectividad como al funcionamiento de las instituciones.

En su obra “La corruzione política in Italia” (1998), claramente manifiesta Franco Cazzola, cuatro elementos que contribuyen a esta situación: 1) La violación de normas o reglas vigentes para este tipo de contratos. 2) El intercambio clandestino entre los agentes políticos y el sistema económico. 3) La apropiación de recursos de uso o de intercambio provenientes de las instituciones destinados a un fin ilegal. 4) El resultado deseado de modificar de hecho, las decisiones atribuidas a los poderes públicos.

Mecanismos de control

No obstante, las obras del sector público se ven en muchas ocasiones afectadas por un mal que parece inevitable: los presupuestos se ven superados muy ampliamente en el precio final comprometido, hasta el punto de generar suspensiones y paralizaciones de obras.

La contratación pública tiene una gran importancia, tanto en el aspecto cualitativo de un proyecto como en su aspecto cuantitativo, y debe plantearse preguntas como: ¿Necesitamos normas más rigurosas o mejores salvaguardias para prevenir el favoritismo, la corrupción o los conflictos de intereses? ¿Cómo puede garantizarse una competencia eficaz en los mercados de contratación pública? ¿Cómo podría prevenirse la aparición de proveedores en posición dominante, o la manipulación de licitaciones o el reparto del mercado entre los licitadores?

Jesús González Pérez, en su libro Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, se refiere a una entidad que podría velar por el tan ansiado cumplimiento de los contratos en el caso que, ante la pasividad de los políticos para exigir responsabilidades a sus antecesores en la detentación del poder, pueda el Estado a través de esta institución, velar de verdad por la legalidad, el derecho de los ciudadanos y el interés público tutelado por la Ley…”.

Génesis

Pero antes de pensar en un organismo contralor con mayores facultades, hay que preguntarse, ¿qué sucede?

ACUEDUCTO

El Acueducto de Segovia, en España, habría tenido un sobre costo del 800%.

¿Los ingenieros desconocen cómo elaborar presupuestos? ¿Los contratistas han olvidado cómo se construye una obra? ¿Existen demasiados intereses económico-políticos? ¿Surge a menudo una mala praxis en los intervinientes? ¿Es que la corrupción se ha vuelto endémica?

Sin lugar a dudas en algunos casos pueden existir deficiencias técnicas contenidas en los proyectos ejecutivos que obligan indefectiblemente a elaborar uno nuevo, lo que se denomina Modificado de Obra, y esto probablemente conduzca a la figura jurisprudencial de enriquecimiento injusto, lo que se convierte en una excepción al principio de inalterabilidad de los contratos. Es otros términos, permitir el aumento del patrimonio del enriquecido, favorecido por cualquier ventaja o atribución patrimonial abocada a producir efectos definitivos.

En España, al igual que en otros muchos lugares, se han hecho interminables los supuestos de casos relacionados con los afamados modificados de obra que suponen incrementos de hasta un 50% respecto del precio inicial presupuestado.

Esto no es algo nuevo. Cabe recordar que la primera gran obra de ingeniería en tiempos del Imperio Romano, el admirado Acueducto de Segovia, tuvo un sobre costo de un 800%.

Riesgo & beneficios

Resulta obvio qué un contrato de obras se configura como un contrato de resultado y no de actividad, es decir el contratista se obliga a finalizar la obra totalmente terminada por un precio establecido, asumiendo tanto el mayor costo qué la ejecución de la obra pueda suponer (riesgo) o al contrario, beneficiándose de su menor valor (ventura).

Ahora bien, por mucho que las buenas intenciones lleven a diseñar un proyecto correcto, muy posiblemente surjan circunstancias qué exijan su modificación, la cual, necesariamente deberá seguir el procedimiento legal establecido, en el marco de las prerrogativas de la Administración Pública, donde las formas resultan importantes.

Sin embargo, en la práctica, en diversas ocasiones se introducen de modificados de obras que contravienen reglas esenciales, encontrándonos entonces ante la figura conocida como el reformado de obra anticipado, anomalía, que según el catedrático Martín Rebollo, supone que alguien ha facilitado una variación del contrato, contemplándose supuestos de ejecuciones y prestaciones concretas, las cuales no se hallan recogidas bajo ninguna referencia documental qué avale su encomienda por la administración o por persona sin capacidad para vincularla.

Sólo en base a la experiencia se puede recomendar a las partes que, dejando al margen la opción de la vía judicial, siempre accesible, se debe negociar, negociar y negociar. Habrá quizás derrotas honrosas para las partes, pero a la larga, será también lo menos malo.

 

SOBRE EL AUTOR

Jesús Antonio Rodríguez Morilla es Doctor en Derecho (Cum Laude), y Licenciado en Ciencias Políticas, contando con una amplia experiencia en impartición de Ponencias y Conferencias.

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